Jubilados sin crédito a causa de una persecución injustificada

 

El ciclo de endeudamiento que comenzó en 2016 no sólo se limitó al Estado, sino que en este proceso proliferaron las líneas de crédito para todo el conjunto de la ciudadanía, generando una señal de alarma ante la creciente morosidad de personas que se endeudan para comer.

Tras aniquilar la operatoria crediticia de Mutuales y Cooperativas, regular la tasa por Decreto de Necesidad y Urgencia, y en otras de las tantas medidas de tinte “populista”, el Estado se había convertido en el principal prestamista de los jubilados con la plata del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS). Son los créditos inventados en 2011 sobre los que se aplicaba la tasa de interés más barata de todo el mercado financiero; tasa que produjo un quebranto importante más en el Fondo de Garantía.

Esto formó parte del uso político del fondo de los jubilados. Estos créditos se habían extendido a los titulares de la AUH, se pagaban en 24 o 36 meses, con un alto riesgo de morosidad e incobrabilidad, al tratarse de beneficios que caducan temporalmente. Es un grupo que no posee un derecho perpetuo como la jubilación, sino uno que puede caducar. Las cuotas de los créditos se debitan de los haberes, por lo que si una persona deja de percibir las transferencias de ANSES y no cuenta con ingresos suficientes, no podrá devolver el dinero que pidió. También, quienes cobraban asignación familiar podían solicitar un préstamo en condiciones similares.

Un tiro más al corazón del Fondo que proyecta garantizar el sistema previsional. La disparada del dólar, la caída del precio de las acciones, una tasa de interés ridícula y la inflación desvalorizaron las inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), el respaldo que tiene el organismo previsional frente a las contingencias del sistema.

El FGS se constituyó en 2008 con los ahorros incautados a los afiliados a las AFJP con el objetivo de respaldar financieramente el sistema previsional. Pero este Fondo fue saqueado, está agotado y ya no cumple con el rol declamado de respaldar el sistema previsional, consecuencia de una “política de estado” basada en la hipocresía, la desidia y el oportunismo.

Con la llegada a la Presidencia de Javier Milei, los propios administradores de este Fondo decidieron suspender el otorgamiento de estos préstamos “hasta tanto se estabilicen las variables económicas y puedan evaluarse las condiciones financieras vigentes y los ajustes que eventualmente correspondan efectuar dentro del Programa”.

Entre los condicionantes ahora sin efectividad, el programa Créditos ANSES disponía de una Tasa Nominal Anual (TNA) del 29%, esto es un tercio de la que se ofrecía en el mercado, y con un plazo de devolución de hasta 24, 36 o 48 cuotas, situación que aseguraba la quiebra del sistema.

Es un derecho, no un favor

Por más de una década, los funcionarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social impusieron continuas restricciones y controlaron una a una cada operación que se cargaba en la operatoria de descuentos de haberes a favor de Mutuales y Cooperativas. Pero nada les alcanzaba. Hicieron desaparecer la operatoria más transparente del mercado.

Ya no se puede acusar a las Mutuales y Cooperativas de usureras como se lo hizo por años. Su tasa de interés fue regulada por un DNU aún vigente, colocando a estos créditos entre los más baratos del país ya que su costo estaba auditado, controlado y es aprobado uno a uno por el organismo previsional en cada operación que se carga al sistema.

Poco a poco, fueron apagando las últimas luces de una operatoria que ellos aún consideran como un favor que les hacen a las entidades solidarias, desconociendo que es una herramienta prevista en la ley previsional vigente. ¿Qué sentido tenía para el Estado Nacional avanzar en la destrucción final de un sistema construido luego de años de esfuerzo y trabajo, regulado hasta el hartazgo y que funciona con los controles más estrictos?. ¿Qué lógica tenía semejante avasallamiento en el peor momento de la crisis económica?. Hoy, los jubilados quedaron sin crédito. El Estado dejó de prestarles y las entidades solidarias fueron aniquiladas.

El Artículo 14º de la Ley 24.241 del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones establece que las prestaciones que se acuerden son personalísimas y no pueden ser enajenadas ni afectadas a terceros por derecho alguno. Como excepción, y previa conformidad formal y expresa de los beneficiarios, establece que pueden ser afectadas a favor de organismos públicos, asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial, asociaciones de empleadores, obras sociales, Cooperativas, Mutuales y entidades bancarias y financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526, con las cuales los beneficiarios convengan el anticipo de las prestaciones o el otorgamiento de créditos. Las deducciones por el pago de obligaciones dinerarias no podrán exceder del CUARENTA POR CIENTO (40%) del haber mensual de la prestación resultante del previo descuento de las retenciones impuestas por las leyes.

Claramente, la legislación vigente otorga un derecho a Cooperativas y Mutuales para realizar descuentos sobre los haberes de jubilados y pensionados. No obstante ello, las distintas gestiones que comandaron la Administración Nacional de la Seguridad Social fueron imponiendo regulaciones tendientes a obstaculizar la operatoria y diezmar este derecho.

 

product image 1

product image 2

 

product image 2

 

product image 2

 

product image 2