Los servicios de salud frente a una realidad de la que nadie habla

En lo que va de 2026, el Gobierno nacional dispuso la baja de decenas de entidades que figuraban inscriptas en los registros oficiales, en el marco del proceso de reordenamiento y depuración del sistema de salud privado. La medida fue formalizada en el Boletín Oficial.

1/19/20262 min read

¿Tu Mutual o Cooperativa brinda algún servicio de salud? Cualquiera sea el alcance de la prestación, deben inscribirse, sí o sí, en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) a fin de obtener la autorización para funcionar. El trámite es tedioso y los requisitos son muy complejos, sólo atendibles para las grandes empresas y/o Mutuales de gran envergadura.

Pero la realidad mayoritaria del sector es otra y de ello no se habla. Ocurre que la Superintendencia continúa iniciando sumarios y dando de baja a decenas de entidades, quedando inhabilitadas para brindar servicios.

En lo que va de 2026, el Gobierno nacional dispuso la baja de decenas de entidades que figuraban inscriptas en los registros oficiales, en el marco del proceso de reordenamiento y depuración del sistema de salud privado. La medida fue formalizada en el Boletín Oficial.

Silvia Noemí Viazzi, supervisora técnica del organismo, aclaró que se trata de entidades que no cumplían con los requisitos exigidos para sostener la inscripción definitiva en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP).

Desde el Ejecutivo explicaron que la medida responde al objetivo de actualizar y transparentar el registro de prepagas, eliminando razones sociales que no acreditaron actividad efectiva, padrones de afiliados ni documentación contable exigida por la normativa vigente. Con esta resolución, ya superan las 125 las entidades excluidas desde el inicio de la gestión Milei.

Según habían detallado previamente, muchas de las entidades eliminadas durante 2024 y 2025 nunca prestaron servicios reales, no presentaron balances ni estados contables y se mantuvieron en el registro con inscripciones provisorias sin respaldo documental.

Cabe recordar que la ley establece que deben garantizarse como mínimo el Programa Médico Obligatorio y el Sistema de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad. Solo pueden ofrecer planes de coberturas parciales quienes reciban la aprobación de la autoridad de aplicación.

La mayoría de las entidades se debate entre las únicas opciones disponibles: dejar de brindar las prestaciones o seguir haciéndolo en situación de marginalidad, violando la normativa aplicable. La realidad de un sector de la que nadie se hace cargo, en plena etapa desregulatoria.