Primeras Decisiones, sin palos en la rueda
No han sido fáciles los últimos meses. Los vocales sectoriales recientemente echados no pusieron voluntad para que las cosas fueran fáciles dentro del Directorio. En especial, Ariel Guarco que hacía pesar sus pergaminos internacionales.
DIARIOS
Gabriel González Martos
1/15/20252 min read
Sin palos en la rueda, se destraba la toma de decisiones en el Directorio
No han sido fáciles los últimos meses. Los vocales sectoriales recientemente echados no pusieron voluntad para que las cosas fueran fáciles dentro del Directorio. En especial, Ariel Guarco que hacía pesar sus pergaminos internacionales y metía presión para que alguien de su Confederación pudiera reemplazarlo, cosa que no ocurrió.
Muchas de las acciones realizadas por la gestión anterior del Instituto están siendo revisadas. Y de ahí surge la lógica de pensar que quienes ejecutaron dichas decisiones no podían ser los mismos funcionarios que ahora controlaran las mismas. Había que desandar cuatro años de labor.
Hemos sido testigos de cómo en los últimos años han proliferado la multiplicación ilimitada de Cooperativas de Trabajo, mayormente ligadas a sectores piqueteros o de autogestión con la finalidad de acceder a planes sociales y/o fondos públicos. Para favorecer aún más esta proliferación, durante el año 2011 el INAES dictó la Resolución Nº 1000 que, entre otras cosas, habilitaba la “constitución de Cooperativas de Trabajo y de Provisión de Servicios para Productores Rurales con un número mínimo de tres (3) integrantes, pudiendo el Instituto, en casos excepcionales, disponer esta posibilidad a otros tipos cooperativos”. Dicha norma fue titulada políticamente como: “Renovar: transformación histórtica”.
En mayo pasado, el Directorio en pleno del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social había suspendido por 60 días la inscripción de este tipo de entidades. Pero la férrea oposición de Ariel Guarco impidió que ese mamarracho normativo se derogara.
Asumidos los nuevos vocales, el INAES sancionó la Resolución Nº 2867/2024 mediante la cual eliminó la posibilidad de constituir Cooperativas con menos de seis integrantes, salvo que el organismo exceptúe de ese número mínimo “en las solicitudes de otorgamiento de personería jurídica, que así se peticionen y que en su objeto social se encuentren contempladas actividades informáticas, culturales o de cuidado”.
A su vez, los expedientes que se encuentran en trámite con menos de seis (6) asociados, deberán, en el plazo de noventa (90) días, adecuarse a la nueva disposición.
Aquellas Cooperativas, con matrícula vigente, que aún no cuenten con la cantidad mínima de asociados prevista, deberán, en un plazo máximo de un (1) año, incorporar asociados hasta llegar al mínimo requerido y modificar sus estatutos a fin de adecuar la composición de los órganos de administración y de fiscalización.
“En la práctica ha quedado demostrado que la puesta en ejecución del modelo que nos ocupa ha tenido desviaciones”, sostiene el nuevo Directorio. “El hecho de contar con un órgano de administración unipersonal, en el que se subsumen en el mismo individuo las funciones de presidente, secretario y tesorero, en lugar de simplificar la gestión de la persona jurídica la ha complicado revelándose que, en muchas ocasiones, el consejero es incapaz, por cuestiones operativas o materiales, de desempeñar eficazmente todos esos roles”.
“Tampoco ha quedado demostrada la cabal existencia del ejercicio democrático que expresa la asamblea, ya que la masa de asociados está integrada solo por tres personas, de las cuales solo una posee un cabal y completo derecho a voto”, tal como lo fundamenta su derogación.
Con los enojados fuera del Directorio, comienzan a destrabarse situaciones imposibles de sostener.
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